Los niveles de endeudamiento de particulares y autónomos en Canarias se han visto incrementados por las consecuencias económicas de la pandemia y el alza de la inflación. El número de hogares con niveles grave de endeudamiento se ha incrementado. En este contexto, el mecanismo legal que permite a las familias cancelar sus deudas y empezar desde cero, La Ley de Segunda Oportunidad, es aún poco conocida en las islas.
El despacho de abogados Canarias Sin Deuda, se especializa en la Ley de Segunda Oportunidad, acompañando y asesorando en todos los trámites para hacer frente al sobreendeudamiento y la incapacidad para afrontarlo.
Desde 2015, la Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos pedir y conseguir la liberación de sus deudas y evitar así la entrada en una espiral de endeudamiento que les impedía rehacer sus vidas.
La Directora Legal de Canarias Sin Deuda, Celenia Gil, explica que «La Ley de Segunda Oportunidad supone para muchas personas y familias en situación de vulnerabilidad, la última posibilidad de salir adelante».
España fue uno de los países que más tardó en incorporar a su sistema judicial la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo pensado para que las personas físicas, incluyendo a los autónomos, puedan cancelar sus deudas, cumpliendo así con la recomendación de la Comisión Europea del año 2014.
Una reforma a la Ley Concursal que afecta a la Ley de Segunda Oportunidad
Recientemente, a finales de septiembre, según explican los expertos de Canarias Sin Deuda, ha sido aprobada la reforma de la Ley Concursal y esta afecta en algunos sentidos a la Ley de Segunda Oportunidad. Estos cambios se producen siete años después de la entrada en vigor de la ley, y vienen dados por los daños económicos surgidos por la pandemia y la petición de la Unión Europea a los países miembros de reformar estas leyes para hacerles frente.
Los nuevos cambios simplifican los trámites, ya que permiten que las personas endeudadas que inician un procedimiento, no tengan que pasar por la fase extrajudicial, aquella por la cual era obligatorio intentar llegar a un acuerdo de pago con los acreedores.
De esta forma se acortan los plazos en el procedimiento, y el periodo máximo de duración del procedimiento es de 18 meses, poniendo un tiempo finito para el proceso.
Además, se eliminan ciertos requisitos, como el hecho de que el deudor no haya rechazado ofertas de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración del concurso. También se reduce el plazo mínimo de diez años para poder pedir una nueva exoneración de pagos, y se queda en cinco años, entre otras medidas que simplifican el procedimiento y ayudan a las personas que buscan empezar de nuevo sin deudas.
Fuente: CrónicasTF