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Si estás atravesando dificultades de solvencia, tienes una deuda que supera lo que puedes pagar y no has pasado por un proceso concursal en los últimos diez años, puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Este procedimiento te permite gestionar las deudas adquiridas con sociedades o personas físicas que superen tu patrimonio. Es importante que sepas que las deudas con Hacienda y la Seguridad Social no se pueden eliminar, aunque, por lo general, se pueden aplazar.

Si el tuyo es uno de los muchos casos en los que se puede llegar a un acuerdo, debes saber que el proceso de reclamación suele durar entre 18 y 24 meses, ya que en numerosas ocasiones es necesario ir por la vía judicial. En Canarias Sin Deuda te ayudamos a entender en qué consiste el procedimiento y qué debes hacer para llevarlo a cabo. Además, la primera visita no tiene ningún coste. 

Si decides recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad, aquí te recordamos los requisitos y la información que deberás indicar en tu solicitud:

  • El tipo de deuda que atraviesas.
  • Los hechos de los que deriva tu situación.
  • El importe aproximado de las cantidades que acumulas.
  • Si cuentas con un acuerdo extrajudicial de pagos con tus acreedores, de refinanciación homologado, o si en los últimos 5 años has sido declarado en concurso de acreedores.
  • Si en el momento que realizas la solicitud estás negociando con los acreedores.
  • El inventario de bienes y derechos que tienes, justificados con documentación.
  • Las cuentas bancarias de las que eres titular y los certificados de la entidad.
  • El capital mobiliario que tienes y los certificados de la entidad bancaria.
    • Los bienes inmuebles de los que eres titular y los certificados correspondientes, así como las escrituras de la vivienda habitual.
    • Los bienes muebles de los que eres titular, junto con un anexo adjunto con la descripción de cada bien.
  • Una relación de todos tus acreedores, en donde se detallen los datos relativos a las deudas con cada uno de ellos, y sus certificados de deuda.
  • La relación de los contratos en vigor y la copia original de los mismos.
  • La relación de gastos mensuales que preveas.
  • Los trabajadores que tengas a tu cargo.

Un asesor especializado te orientará en todo momento, pero es importante que sepas desde el principio que tu papel va a ser clave para que el resultado sea un éxito. Te indicaremos paso a paso cómo actuar y a estar preparado para reunir toda la información a presentar. Ahora que ya sabes lo más importante, ¿hablamos?

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