El procedimiento, gestionado por Canarias Sin Deuda, afecta a deudas con tarjetas revolving, microcréditos y otros productos de elevados intereses

La consumidora sale de su sobreendeudamiento tras demostrar su voluntad de pago, mediante un auto dictado por un juez que la exonera de sus deudas

Una consumidora tinerfeña logra la eliminación total de una deuda de más de 47.000 euros, contraída durante más de 10 años a través de distintos productos de crédito de elevado interés. Lo hace gracias a la llamada Ley de Segunda Oportunidad. En concreto, la clienta de Canarias Sin Deuda pudo llegar a esta resolución judicial que ha permitido la cancelación de las deudas tras un periodo de un año y cuatro meses.

Esta norma es cada vez más conocida y utilizada por los ciudadanos en las Islas. Permite a personas físicas y profesionales autónomos ver canceladas sus deudas y diseñar planes de pago que les permitan salir de su situación de endeudamiento. Además, pueden ver disminuido el incremento de generación de intereses, así como ver eliminado el cien por cien de su pasivo en determinados supuestos.

Tras este intento de acuerdo extrajudicial de pagos y mediación ante notario, la consumidora solicitó el concurso consecutivo para la exoneración de todo su pasivo y las deudas pendientes.

Finalmente, el pasado 5 de enero de 2022 fue notificada la cancelación definitiva y completa de su deuda, que ascendía a una suma exacta de 47.253,42 euros, a través de un auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de San Cristóbal de La Laguna.

Una deuda de más de 47.000 euros

La deuda eliminada afecta a distintos préstamos de consumo, tarjetas revolving y micropréstamos. La consumidora, a la que le fue diagnosticada esclerosis múltiple, es perceptora de ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional. Tuvo que contratar estos productos financieros de crédito para adaptar a su reducida movilidad una vivienda cedida por su familia. Al no ser propietaria, y debido a su perfil económico, los únicos productos de crédito que se le concedieron fueron de consumo, con un elevado interés.

Uno de sus errores, muy frecuente en caso de sobreendeudamiento, fue solicitar un microcrédito para pagar cuotas de otros créditos. Así, su deuda fue creciendo hasta convertirse en inasumible. Entre sus acreedores se encontraban Bankinter, BBVA, Cofidis, Cabot, CaixaBank y Wizink.

El departamento jurídico de Canarias Sin Deuda explica que “estamos muy satisfechos de haber conseguido la cancelación total y definitiva de las deudas de una gran pagadora”. Y es que el sobreendeudamiento de esta clienta se debió a una necesidad tan básica como “mejorar su calidad de vida, dedicando casi todos sus sus bajos ingresos a pagar a sus acreedores”.

Tras intentar “sostenerse entre sus propios gastos vitales y las cuotas que debía pagar a sus acreedores”, la clienta llegó a arrastrar deudas por más de una década, “algunas refinanciadas, otras vía tarjetas revolving, y préstamos de consumo con alto tipo de deudor, con los que, a pesar de moratorias y distintas estrategias de aplazamiento de la deuda, no conseguía cubrir el principal”. De esta situación destaca el hecho de que los acreedores “le ofrecían, en todo caso, aplazamientos incrementando el interés o la deuda final a pagar”, empeorando así su situación financiera a largo plazo.

El sobreendeudamiento

Es lo que se conoce como situación de sobreendeudamiento, algo muy frecuente cuando se firman contratos donde se prevé el abono de intereses elevados, tanto como precio del préstamo como en caso de impago (intereses de demora). Por ejemplo, muchos de estos casos de sobreendeudamiento se relacionan con las llamadas tarjetas revolving, que generan “intereses sobre los intereses”, sin que la suma prestada inicialmente se vea reducida.

Tal y como explican, “en muchos casos, aunque sea posible alcanzar la nulidad de cláusulas abusivas, o renegociar la deuda o rebajas en los intereses, lo prudente es acudir a la Ley de Segunda Oportunidad. Así, se consigue la exoneración completa de las deudas cuando un deudor sea de buena fe y ya no pueda sostenerse entre sus ingresos, sus gastos y las cuotas que debe pagar a sus acreedores”.

Por eso, desde la empresa se recomienda actuar preventivamente. “Es mejor acudir a un profesional antes de que la situación se agrave y evitar el daño personal que se genera al atravesar una situación de endeudamiento. Muchos clientes han desarrollado problemas de salud debido al acoso recibido por parte de sus acreedores”, aseguran.

Los requisitos del EPI: qué debe cumplir un deudor para ver eliminada toda su deuda.

Entre otras cosas, la Ley de Segunda Oportunidad permite al deudor acogerse al EPI o Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Este mecanismo permite la cancelación de deudas de forma completa, siempre que se den varios requisitos.

  • Que el deudor sea una persona física (quedan incluidos tanto particulares como profesionales autónomos).
  • Buena fe del deudor. Consiste en no ser objeto de un concurso culpable, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito socioeconómico, patrimonial o contra los derechos de los trabajadores en los últimos 10 años.
  • No haber incumplido los deberes de colaboración y de información respecto del juez del concurso y de la administración concursal.
  • No haber obtenido el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez últimos años.
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