Un vecino de la localidad de San Andrés en Tenerife logra la cancelación de una deuda de 35.149 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Canarias Sin Deuda, referente en la tramitación de esta ley en el Archipiélago, ha llevado a cabo la tramitación del proceso que permitirá a Robert Gaspar Ramos, de 51 años, y en situación de desempleo e insolvencia empezar desde cero sin deudas.

El deudor que había conseguido préstamos gracias a una cómoda situación económica y a disponer de un trabajo, llegó a acumular más de 35.000 euros pendientes de pago. En el momento en el que pidió el dinero, no resultaba difícil cumplir con sus acreedores, pero su situación económica se torció y quedó en paro. Dejó de pagar y no logró aplazamientos de su deuda, por lo que recurrió a la Ley de Segunda Oportunidad. Desde su aprobación en 2015, este mecanismo legal permite a particulares y autónomos optar a conseguir la liberación de sus deudas y evitar entrar en un ciclo de endeudamiento que no les permita avanzar en sus vidas.

Desde el departamento jurídico de Canarias Sin Deuda, explican las razones y requisitos por las que este cliente pudo pedir y conseguir la exoneración. “En este caso no había terceras personas que pudieran asumir la deuda y el demandante cumplía todos los requisitos que exige la Ley de Segunda Oportunidad. Tras la presentación del concurso en el Juzgado de Primera Instancia nº10 de Santa Cruz de Tenerife, y los trámites legales y distintas fases del procedimiento concursal, se ha dictado la concesión de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) que implica la cancelación total de la deuda, lo que supone una nueva oportunidad para rehacer su vida sin deudas”, afirman.

Obtener la cancelación de una deuda es posible

Destacan que “esta ley sigue sin ser muy conocida por la población canaria, pese a ser un mecanismo eficaz en muchos casos, ya que genera dudas, pues las personas que se enfrentan a una situación de alto endeudamiento no encuentran una solución y a menudo entran en un ciclo de desesperación”.

Las condiciones necesarias para poder recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad y tramitar la exoneración de todas las deudas son: demostrar que el deudor ha actuado de buena fe, que el importe de las deudas no supere los cinco millones y no tener antecedentes por delitos contra el patrimonio o de carácter socioeconómico.

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